Registrar en México a un hijo nacido en España

Registrar en México a un hijo nacido en España

Si tu hijo ha nacido en España y tú eres mexicano, ese niño ya es mexicano. Lo que falta es que exista para el registro civil mexicano, y eso se consigue con el registro consular de nacimiento. Sin ese paso no hay pasaporte mexicano, no hay CURP y no hay forma de acreditar en México que el niño es quien es.

Esto es un registro, no un trámite de nacionalidad. La nacionalidad la tiene desde que nació, por ser hijo de mexicano, y el acta consular no se la concede: la documenta.

Dónde se hace

Lo levanta una de las dos oficinas de carrera: la Sección Consular de Madrid o el Consulado de Barcelona, según dónde tengas la residencia. Es un acto que exige comparecencia y firma, así que hay que ir con cita.

Los ocho consulados honorarios no levantan actas nuevas. Lo que sí hacen, y es distinto, es expedir copias certificadas de las actas ya levantadas en un consulado mexicano: cuando el registro esté hecho, esa parte la tendrás cerca de casa.

Lo que hay que llevar
  • Certificado literal de nacimiento español del menor, reciente
  • Documento que acredite la nacionalidad mexicana del padre o la madre
  • Identificación oficial vigente de los progenitores
  • Acta de matrimonio, si procede
  • Comparecencia de quien ejerce la patria potestad

El certificado español conviene pedirlo literal y no en extracto: el literal recoge todos los datos que el consulado necesita trasladar al acta mexicana.

Y pídelo con tiempo. Lo expide el registro civil español, no siempre sale en el día y tiene que estar reciente, así que encaja ese plazo con la fecha de la cita en lugar de dejarlo para la víspera.

Cómo cambia según la edad

Recién nacido

Es el caso sencillo. Con el certificado literal español y la documentación de los padres, el acta se levanta en la propia cita y sales con el trámite cerrado.

Registrar en México a un hijo nacido en España
Niño ya escolarizado

Sigue siendo directo. Revisa que el nombre coincida en todos los papeles españoles que ya circulan a su nombre, porque el acta mexicana va a copiar lo que digáis ese día.

Adolescente o adulto que nunca se inscribió

Aquí el consulado quiere estar seguro de que ese vínculo es el que dices, así que el listado crece y el expediente deja de resolverse en una sola visita. Pregunta por correo qué te van a pedir antes de agendar nada.

Por qué conviene no dejarlo para más adelante

Registrar a un recién nacido es sencillo. Hacerlo con un adolescente o un adulto que nunca se inscribió se complica: hacen falta más pruebas, a veces documentación adicional de los padres, y el expediente se alarga.

Mucha gente descubre el problema cuando el hijo quiere estudiar o trabajar en México y no tiene papeles mexicanos.

Los padres son la prueba. Mientras estén localizables y con su documentación en regla, el registro se resuelve rápido; cuando falta uno de ellos o sus papeles se han perdido por el camino, el expediente se vuelve otra cosa.

 El acta consular queda depositada en el consulado donde se levantó. De ahí en adelante, las copias certificadas de esa acta las pide y las expide el consulado, incluidos los honorarios. 

Después del registro

Con el acta ya se puede solicitar el pasaporte mexicano del menor. Ojo con una cosa: el pasaporte de un menor exige la comparecencia de quien ejerce la patria potestad, y si uno de los progenitores está fuera de España hace falta el permiso OP-7, que es gratuito y sí lo tramitan los consulados honorarios.

De ese acta sale además la CURP, que es la llave de casi todo en México. Sin ella se atascan cosas muy cotidianas: matricular al niño en un colegio, darlo de alta en la seguridad social o abrirle cualquier expediente.

El OP-7 sirve para el pasaporte, no para el registro

Es una confusión frecuente y sale cara. El permiso OP-7 autoriza a tramitar el pasaporte de un menor cuando uno de los progenitores no puede estar presente, y lo firman incluso los consulados honorarios.

El registro de nacimiento es otro trámite y tiene sus propias exigencias de comparecencia. Si uno de los padres no puede acudir, pregunta antes por correo cómo se resuelve tu caso concreto: presentarse con un OP-7 dando por hecho que cubre el registro es volver a casa con el viaje hecho.

Y el nombre, que da guerra

España y México ordenan los apellidos igual, pero los registros no siempre transcriben los nombres de la misma manera, sobre todo con acentos y con nombres compuestos. Revisa el acta consular en el momento: corregirla después es un trámite aparte, y todo lo que venga detrás copiará el error.

Léela letra a letra antes de firmar, con el certificado español al lado. El pasaporte se limita a reproducir lo que dice el acta, así que una errata de hoy viaja con el niño durante años y aparece cada vez que haya que acreditar algo.

Registro, nacionalidad y acta son tres cosas distintas

La nacionalidad mexicana la tiene el niño desde que nace por ser hijo de mexicano, y no la pierde por tener también la española. No es por ningún convenio bilateral (España y México no lo tienen) sino porque la Constitución mexicana prohíbe privar de la nacionalidad a quien es mexicano por nacimiento.

El registro consular documenta ese hecho y de él sale el acta. Cuando necesites una copia más adelante, la guía del acta de nacimiento explica a qué ventanilla toca pedirla según dónde se levantara, que no es la misma para un nacimiento inscrito en México y para uno inscrito en un consulado.

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